RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Publicado: 21 de septiembre del 2015
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 50 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, así como 4, fracciones XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y
CONSIDERANDO
Que a fin de facilitar el cumplimiento de la obligación para las instituciones de banca múltiple de enviar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores el informe con los resultados de la evaluación de la suficiencia de capital bajo escenarios supervisores, resulta necesario permitir que el comité de riesgos de tales entidades apruebe dicho informe, en sustitución del consejo de administración, cuando este no haya sesionado en tiempo para cumplir con el requerimiento respectivo, ha resuelto expedir la siguiente:
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Última actualización: septiembre 21 de 2015 a las 19:19
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