ÍNDICE nacional de precios al consumidor.
Publicado: 22 de octubre del 2018
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
Con fundamento a los artículos 59, fracción III, inciso a) de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, 20 y 20-bis del Código Fiscal de la Federación, y 23 fracción X del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, da a conocer, en relación con el Índice Nacional de Precios al Consumidor de septiembre de 2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 2018 la información siguiente:
- ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR APLICABLE A CADA CONCEPTO DE CONSUMO FAMILIAR CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2018
CONCEPTO DE CONSUMO FAMILIAR |
BASE: SEGUNDA QUINCENA DE JULIO DE 2018 = 100 |
|
Índice general | 100.917 | |
a) Alimentos, bebidas y tabaco | 100.957 | |
b) Ropa, calzado y accesorios | 101.114 | |
c) Vivienda | 100.852 | |
d) Muebles, aparatos y accesorios domésticos | 100.569 | |
e) Salud y cuidado personal | 100.613 | |
f) Transporte | 101.483 | |
g) Educación y esparcimiento | 101.008 | |
h) Otros servicios | 100.190 |
PRECIOS
Las cotizaciones de los precios correspondientes a los productos y servicios a que se refieren las fracciones I y II del artículo 20-bis del Código Fiscal de la Federación, son las que se contienen en el Anexo de esta publicación. Dichas cotizaciones se dan a conocer con la clave y el precio promedio mensual.
Las cotizaciones de los precios de alimentos se hicieron como mínimo tres veces durante el mes de que se trata y las demás se obtuvieron por lo menos una vez en el propio periodo. Tales cotizaciones de precios dan lugar a índices de precios relativos, los cuales ponderados conforme a la fórmula que se contiene en el punto 4 de esta publicación, a su vez, dan por resultado los índices nacionales correspondientes a los distintos conceptos de consumo familiar.
El Instituto tomando en cuenta el cierre o ampliación de fuentes de información y la desaparición o ampliación de marcas, modelos, presentaciones o modalidades, puede resolver incorporar, eliminar o encadenar los productos y servicios cuyas claves de identificación, especificación y precio de referencia se darán a conocer en el Diario Oficial de la Federación.
- PONDERACIONES
El Índice Nacional de Precios al Consumidor de cada mes se calcula utilizando para cada concepto de consumo familiar, las ponderaciones siguientes:
PONDERACIONES POR GRUPO DE OBJETO DE GASTO EN POR CIENTO
CONCEPTO DE CONSUMO FAMILIAR |
BASE: SEGUNDA QUINCENA DE JULIO DE 2018 = 100 |
|
Índice general | 100.000 | |
a) Alimentos, bebidas y tabaco | 30.291 | |
b) Ropa, calzado y accesorios | 5.042 | |
c) Vivienda | 22.086 | |
d) Muebles, aparatos y accesorios domésticos | 4.720 | |
e) Salud y cuidado personal | 6.739 | |
f) Transporte | 13.983 | |
g) Educación y esparcimiento | 9.175 | |
h) Otros servicios | 7.964 |
Las ponderaciones indicadas corresponden a la nueva base de cálculo del Índice Nacional de Precios al Consumidor con base a la segunda quincena de julio de 2018 = 100, y permanecerán constantes durante la vigencia de dicha base de cálculo. Por definición, la fórmula de Laspeyres a que se refiere el punto siguiente no admite cambio en sus ponderaciones durante la vigencia de la base de cálculo del índice respectivo.
Las ponderaciones nacionales de los 299 conceptos de consumo genéricos en que se desagrega cada uno de los grupos de consumo antes señalados, se dieron a conocer por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2018.
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Última actualización: octubre 25 de 2018 a las 12:56
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